Autor: Anaymar Matos CI: 24162400
Docente: Abg. María Verónica Suárez
Año: 2015
Acepciones
de las Cooperativas:
- De acuerdo a lo expresado por Richer (1999)El cooperativismo, como un segmento de la economía social, surge como una simbiosis entre las organizaciones parlamentarias democráticas, las organizaciones capitalistas y la organización sindical, de las cuales tomó sus elementos esenciales, a saber: los valores fundamentales de libertad e igualdad basando su funcionamiento en las reglas de las instituciones democráticas, la responsabilidad limitada y la división de la propiedad en partes y, finalmente, la equidad y la solidaridad. Es así como el cooperativismo es un movimiento socioeconómico de carácter mundial, constituido por asociaciones económicas cooperativistas en las que todos los integrantes son beneficiarios de su actividad según el trabajo que aportan (SUNACOOP, 2003).

- Según García-Gutiérrez citado por Vargas (2001), el cooperativismo trata de un sistema organizado alrededor de unas relaciones sociales que buscan situar a la persona por encima del capital. El grado de compromiso de los socios en la empresa se pone de manifiesto especialmente en la lealtad hacia la organización, por ejemplo, al no desviar la producción hacia otro tipo de empresa; y en el grado de participación de los socios en los órganos sociales de la sociedad cooperativa. También se plasma el compromiso de los socios en la política de autofinanciación, pues generalmente cuando se ha de acometer algún proyecto empresarial en la organización o se necesitan fondos, éstos son aportados por los socios en función de su contribución a la actividad cooperativa.

- Por su parte, Morales Gutiérrez citado por Vargas (2001), señala que la sociedad cooperativa, como es la empresa humana, la empresa personalista por excelencia, un modelo empresarial configurado en torno a un valor básico: la soberanía de la persona sobre el resto de los factores productivos. Parodiando el afortunado y clásico eslogan de las cajas de ahorro, la cara humana del dinero, Vargas (2001) plantea que podría hablarse de las cooperativas como la cara más humana del capitalismo.
Las fortalezas de las empresas
cooperativas:
Según
García-Gutiérrez (1991):

1. La participación del socio en los tres
tipos de flujos que tienen lugar en una empresa: flujos de
información-decisión, participando democráticamente (un socio = un voto)
en los órganos sociales (participación en la gestión), flujos reales,
interviene como proveedor y/o como consumidor y flujos financieros,
aportando capital y participando en los excedentes; se encuentra ligada a la
participación del socio en el proceso de producción y/o distribución (flujos
reales), es decir, en proporción a la actividad cooperativizada.
2. La doble (o triple) condición de
socio/proveedor y/o socio/consumidor, constituyéndose en elemento favorable
para que estas empresas estén orientadas hacia la calidad.
3.
La condición democrática de sus líderes: se trata de quién es capaz de crear el
ambiente propicio para que cada integrante de la organización soporte su parte
de la carga. Por su cualidad de servidores, está en situación de asumir, mejor
que cualquier otra empresa, este nuevo papel del liderazgo.

Objeto de las cooperativas:
La Conferencia Internacional del
Trabajo 2002, de acuerdo a lo establecido en la Recomendación Nº 127 (OIT,
1966) y en la Nº 193 sobre la Promoción de las Cooperativas (OIT, 2002), adopta
formalmente la creación de cooperativas como medio para el progreso económico y
social de los países en vías de desarrollo y la lucha contra la pobreza,
contribuyendo con los postulados de la Agenda del Trabajo Decente, jugando un
papel crucial en el desarrollo económico, social y cultural, así como de la
promoción humana. Según la OIT (2002), las cooperativas deberían establecerse
con el fin de:
·
Mejorar
la situación económica, social y cultural de las personas con recursos y
posibilidades limitados, así como fomentar su espíritu de iniciativa y la
creación de empleos.
·
Conservar
los empleos ya existentes, al permitir a los productores unir sus fuerzas para
salvar sus empresas.
·
Contribuir
a la economía con un elemento más amplio de control democrático de la actividad
económica y de distribución equitativa de excedentes.
·
Aumentar
la renta nacional y las posibilidades de empleo mediante una explotación más
completa de los recursos, realizada, por ejemplo, gracias a la aplicación de
sistemas de reforma agraria y colonización que tiendan a convertir en
productivas nuevas regiones.
·
Permitir
a los ciudadanos más pobres acceder a servicios sociales básicos, como
servicios de salud, cuidado infantil y atención preescolar, cuidado de ancianos
o servicios comunitarios, producto de su propia organización.
·
Servir
de puente para que trabajadores de la economía informal pasen al sector formal
mediante su participación en procesos de toma de decisiones y de negociación de
condiciones y precios con sus clientes. Se destaca la naturaleza democrática de
las cooperativas, incluyendo el principio de libertad de participación, sin
discriminación alguna.

Es
de destacar que:
Variadas
son las expresiones de solidaridad y de cooperativismo que pueden encontrarse
en Venezuela, desde las experiencias de autoayuda desarrolladas por comunidades
indígenas y campesinas, hasta las de cajas de ahorro constituidas en Caracas,
Valencia, La Guaira, Puerto Cabello, Maracaibo, y Mérida. Por ello, hablar de
la historia del cooperativismo implica considerar tres períodos: el primero se
inicia con la primera cooperativa hasta comienzos de la democracia representativa
en 1958, el segundo desde el establecimiento del proceso democrático,
hasta el surgimiento de las Centrales Cooperativas Regionales (CCR´s) y la
Central Cooperativa Nacional de Venezuela (CECONAVE), y el tercero se extiende
hasta la actualidad (Bastidas, 2003); siendo este último período en el cual se
centra este análisis.

Basamento legal de las Cooperativas
en Venezuela:
La
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece normas
relacionadas con estas organizaciones, vinculándolas con el desarrollo
nacional, siendo éstas, formas de participación y protagonismo del pueblo en
ejercicio de su soberanía, donde se estimula en las y los asociados procesos
democráticos que repercuten en la transformación de las relaciones sociales y
económicas de producción, así mismo, resalta el papel preponderante de la
Economía Social y Participativa, propiciando la intervención asociativa, de la
que son parte fundamental las cooperativas como soporte para lograr la
transición al Socialismo Bolivariano (SUNACOOP).

En
el marco de la nueva Constitución, surge la Ley Especial de Asociaciones
Cooperativas (LEAC) (Asamblea Nacional, 2001), con el fin de normar el sector y
proveer de un marco regulatorio específico para orientar los planteamientos
presentes en la nueva Constitución. Ésta establece las legalizaciones de las
cooperativas, facilitando su constitución al permitir el trámite
correspondiente ante el registro de la localidad, transfiriendo al estatuto sus
formas, modalidades y mecanismos de organización y de los entes que ellas
constituyen en su proceso de integración (cooperativas de segundo grado), dando
así una mayor flexibilidad y capacidad de evaluación y adaptación de sus estructuras
a los procesos cambiantes del entorno.
A
través de los planteamientos de la LEAC se incentiva la participación de los
trabajadores y la comunidad en la gestión de las empresas públicas y privadas,
estimulando la difusión de las experiencias nacionales e internacionales de los
procesos organizativos exitosos de las cooperativas, estableciendo expresamente
la igualdad de condiciones para su participación en las compras y concesiones
del Estado, así como las distintas modalidades de atención financiera del
Estado y demás entes públicos y privados dirigidos a fortalecerlas de manera
particular, además de los propios sistemas cooperativos de financiamiento.

Creación del SUNACOOP:

En
1966 se promulgó la Ley General de Asociaciones Cooperativas (LGAC), mediante
la cual se profundiza los preceptos del derecho cooperativo del país y se crea
la Superintendencia Nacional de Cooperativas SUNACOOP adscrita al Ministerio de
Fomento, como órgano regulador del movimiento cooperativo nacional, lo que
significó una nueva etapa en las relaciones de las cooperativas con el Estado,
ya que de acuerdo a la ley de 1942, estas se desarrollaban de manera atomizada
a través de varios ministerios, con distintas normas y procedimientos.
Funciones que le atribuye la Ley al
SUNACOOP:
La
ley le atribuyó a SUNACOOP las funciones de legalización, registro, inspección,
vigilancia y fomento de las cooperativas rurales y urbanas, así como la
supervisión de su funcionamiento y desarrollo, además, la inspección de las
Cajas de Ahorro, los Fondos de Empleados y similares. Mediante la Resolución
002 publicada en Gaceta Oficial N 36.123 de fecha 10/01/1997, la
Superintendencia pasa a ser una unidad básica del Ministerio de la Industria y
Comercio. Al no existir un marco político para que las cooperativas se
desarrollaran como empresas de gran empuje en la economía del país, el
organismo regulador y de fomento de sus actividades SUNACOOP no fue considerado
como un ente de mucha importancia, y por consecuencia de poder político, lo que
condujo a que se mantuviera como una institución de bajo perfil y poco impacto
social en la Administración Pública.
ü
Con
respecto al artículo 81 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, se
contempla que a la Superintendencia Nacional de Cooperativas se le atribuyen
las siguientes funciones:
1. Ejercer la fiscalización de las
cooperativas de acuerdo con lo establecido en la LEAC.
2. Organizar un servicio de
información sobre las cooperativas con objeto de facilitar el control de las
mismas.
3.
Imponer sanciones a las cooperativas de conformidad con las disposiciones de la LEAC.
4. Ejecutar en coordinación con otros
organismos oficiales competentes la ejecución de las políticas de control en
materia cooperativa.
5. Dictar, dentro del marco de sus
competencias, las medidas que fueren necesarias para el cumplimiento de sus
funciones.
6. Emitir las certificaciones de
cumplimiento tal cual como lo establece la LEAC.
7. Remitir a los organismos de
integración la información y los documentos relacionados con las cooperativas
afiliadas para que estos organismos coadyuven en la corrección de las irregularidades
detectadas.

Orientación
para conformar una cooperativa:
En relación al asesoramiento y orientación para conformar una cooperativa es importante tomar en cuenta a: la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP) al teléfono gratuito 800-76266 y, los Organismos de Integración Regionales.
En Venezuela se organizan cooperativas para todo tipo
de actividades: económicas, culturales o gremiales. Con las siguientes
finalidades:
• Las que tienen por objeto la producción de bienes y servicios.
• Las que tienen por objeto la obtención de bienes y
servicios
• Las mixtas, que combinan actividades de producción
y obtención.
Tipos de Cooperativas:
COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS: Consisten en agrupaciones de personas de un mismo oficio o con un fin común, que por medios propios producen ciertos artículos vendiéndolos directamente y distribuyéndose entre ellos las ganancias. Este tipo de Cooperativas tienen como meta principal la producción de bienes o prestación de servicios.

COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN INDUSTRIAL: Es una cooperativa de trabajadores y
tiene como objeto transformar materia prima en bienes que tengan
características para satisfacer una necesidad de los consumidores mediante
procesos tecnológicos industriales.

COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA: Es una
asociación conformada por varios afiliados que trabajan la tierra,
comercializan sus productos, aprovechan descuentos y ventajas de comprar en
cantidad entre varios agricultores que se unieron en una cooperativa de este
tipo.
COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN PESQUERA: Es la unión de
diversas personas dedicadas a la actividad pesquera que suman sus esfuerzos
para mejorar sus condiciones de producción, potenciando el alcance de su trabajo.

COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE SERVICIOS: Son aquellas empresas cooperativas que prestan servicios a la comunidad en diferentes áreas, transporte, reparaciones, mantenimiento, tapicería, fumigación, recolección de basura, jardinería, distribución de gas doméstico, transporte escolar, entre tantas como sea posible imaginar.

COOPERATIVAS DE CONSUMO DE BIENES Y SERVICIOS: Existen las Cooperativas de obtención de bienes y servicios. Aquí entran las Cooperativas de Consumo y las Cooperativas de Ahorro y Préstamo. La primera tiene como objetivo satisfacer mejor y más económicamente las necesidades de sus miembros. Esto, se da por medio de la mejora de los servicios de compra y venta de artículos de primera necesidad.
COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO: Las Cooperativas de Ahorro y Crédito son aquellas que tienen por objeto fundamental fomentar el ahorro y otorgar préstamos a sus asociados con los recursos aportados por los mismos, a un interés muy bajo, con el fin de eliminar los altos costos que representan los créditos otorgados por los bancos comerciales.

LAS COOPERATIVAS DE CONSUMO: Las áreas en las que pueden desarrollarse
cooperativas de consumo son bastante amplias. Entre ellas tenemos: alimentaría,
farmacéutica, vestidos, muebles, de vivienda y, en general, todos aquellos
bienes que pueden ser adquiridos en mejores condiciones para el consumidor.

LAS COOPERATIVAS MIXTAS: Persiguen dos objetivos a saber: la producción de bienes y servicios para terceros y la obtención de bienes y servicios para sus asociados. Las Cooperativas Mixtas deben su nombre a la posibilidad de tener, al mismo tiempo, dos o más de los perfiles que se han descrito anteriormente
Ventajas de las Cooperativas:
ü Están
exoneradas de manera indefinida del pago del impuesto sobre la renta (ISLR).
ü No
pagan los derechos de registro ni cualquier otro arancel por la prestación de
un servicio.
ü Las
cooperativas pueden ser objeto de financiamiento por parte del estado en
condiciones especiales (bajas tasas de interés, periodos largos de gracia, no
exigencia de garantías y trámites sencillos, entre otros).
ü Diversas
leyes otorgan a las cooperativas preferencias en las licitaciones y contratos
con las entidades del Estado.
Enlaces para profundizar:
http://www.rebelion.org/docs/83458.pdf
http://www.mpcomunas.gob.ve/sunacoop/
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